Durante el XXVIII Congreso Nacional de Derecho Procesal celebrado en Jujuy del 10 al 12 de Septiembre de 2015 fue presentado un Anteproyecto de Código Procesal Civil y Comercial de la Nación redactado por un grupo de expertos en el tema (Mario Ernesto Kaminker, Cristina González de la Vega, Jorge Beade, Luis Sprovieri, Pablo Grillo Ciocchini, José María Salgado y Cecilia Herrera). La iniciativa contempla en sus arts. 618 a 649 una muy buena propuesta de regulación en materia de procesos colectivos.
Los fundamentos del Anteproyecto señalan que se incorpora allí una «reglamentación de los procesos colectivos, determinándose la aplicación supletoria de las restantes normas del Anteproyecto. b) Se regla la división del juicio en dos etapas fundamentales: 1) desde la interposición de la demanda hasta la decisión que admite el proceso colectivo; 2) a continuación el proceso colectivo propiamente dicho. c) Se prevé el Registro de Procesos Colectivos con carácter Nacional. d) Se detallan los legitimados. e) Los supuestos en que proceden tales acciones. f) Los recaudos de la demanda. g) Lo relativo a la representatividad adecuada. h) Los deberes y potestades del Juez. i) La omunicación a los integrantes del colectivo o clase. j) La opción de no ser alcanzado por la sentencia en el supuesto de los derechos individuales homogéneos. k) El alcance respecto de la sentencia en los derechos colectivos individuales. l) Se regla el Fondo de los Derechos Colectivos. m) Se regla el desistimiento y la transacción. n) Se prevé la consecuencia de los efectos no producidos al tiempo de dictarse sentencia. o) Relación entre acciones colectivas e individuales».
Texto completo del Anteproyecto disponible acá.
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