El pasado 18 de Septiembre el Juez a cargo del Juzgado Criminal y Correccional Federal N° 12 ordenó de oficio y como medida preventiva la realización de un relevamiento «inmediato y urgente» del complejo habitacional «Soldati» con la finalidad «de constatar y en su caso liberar y/o adecuar los mismos a parámetros de seguridad propios del universo social del lugar».
La manda fue dictada en el marco de la ejecución de la sentencia estructural del caso «Mendoza» (ver acá). Se funda en la «tutela preventiva de oficio (art. 1713)» regulada por el nuevo CCyC, y está dirigida a la ACUMAR, al Instituto de Vivienda de la CABA y a la Subsecretaría de Obras Públicas de dicha jurisdicción.
La decisión señala que el nuevo CCyC «entiende la función del juez en un sentido más amplio y apegado a los mandatos constitucionales. Así, impone en el magistrado, un accionar precautorio dirigido a alcanzar una tutela judicial efectiva, de mayor compromiso social que se traduce en la aplicación preventiva o tuitiva del apotegma ‘alterum non laedere'».
Sentencia completa acá.