En fecha 16 de Junio de 2015 la CSJN se expidió nuevamente sobre la legitimación de una asociación de defensa de usuarios y consumidores para tutelar derechos individuales homogéneos, revocando el rechazo de la misma en las instancias inferiores. En esta oportunidad la decisión recayó en autos «Prevención, Asesoramiento y Defensa del Consumidor c/ BBVA Banco Francés S.A. s/ Sumarísimo» [Expte. N° CSJ 570/2010 (46-P)/CS1].
En una breve sentencia y en concordancia con lo dictaminado por la Procuración, la Corte sostuvo que«los agravios del recurrente remiten al estudio de cuestiones sustancialmente análogas a las examinadas y resueltas» en los precedentes «PADEC c/ Swiss Medical» (ver acá) y«Consumidores Financieros c/ La Meridional» (ver acá). El tribunal aplicó las conclusiones allí establecidas sobre el tema sin mayores desarrollos, e hizo saber al juez de la causa «que deberá proceder a su inscripción en el Registro Público de Procesos Colectivos creado en la acordada 32/2014».
Fallo completo acá.
Dictamen acá (y acá el dictamen al cual, a su turno, remite).
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