La SCBA reforma el Registro de Procesos de Incidencia Colectiva y avanza en su implementación (*BA)

Por medio del Acuerdo N° 3721/14, dictado en fecha 6 de Agosto del corriente año, la SCBA delegó en la Presidencia del órgano la determinación de la fecha de inicio de actividades del Registro de Procesos de Incidencia Colectiva creado por Acuerdo N° 3660/13 (ver post al respecto acá y un comentario más detallado acá), así como también «las cuestiones operativas inherentes a dicha puesta en funcionamiento» (art. 1). Igualmente, modificó los arts. 2, 5 y 14 del Anexo I del Acuerdo N° 3660/13 (arts. 2, 3 y 4) y encomendó a la Secretaría de Planificación adecuar el formulario de Receptoría de Expedientes para ingreso de causas a fin de incorporar «el carácter COLECTIVO en el mismo» (art. 5).  A pesar de parecer una cuestión meramente formal, esta última decisión adquiere gran relevancia ya que permitirá obtener algunas estadísticas concretas sobre la discusión de conflictos colectivos en sede judicial, un fenómeno que tiene muy poca visibilidad en nuestro sistema a pesar de la trascendencia de los asuntos que generalmente involucra.  El texto completo del Acuerdo 3721/14 está disponible acá: 2014 08 06 SCBA_Registro Colectivo Acuerdo 3721-14

Autor: Francisco Verbic

Abogado y Profesor de Derecho