Compartimos el trabajo de Sebastián Lloret «La construcción del Proceso Constitucional por Derechos de Incidencia Colectiva en Argentina. Hitos jurisprudenciales de base», publicado en la obra colectiva «Derecho Procesal Constitucional. Fragmentos y testimonios a 25 años de la reforma de la Carta Magna», IJEditores, 15 de diciembre de 2019.
En sus conclusiones puede leerse lo siguiente:
«El repaso de la jurisprudencia dirigida a dar efectividad a los derechos fundamentales en clave colectiva de los 25 años post reforma constituyente de 1994, muestra un balance, en general, positivo. Los cuantiosos conflictos de gran incidencia social ventilados en la Corte Suprema de Justicia de la Nación son la muestra de los otros tantos y exponenciales que se han repartido por los tribunales inferiores y de provincia.
El proceso constitucional colectivo, en la etapa de maduración que vive producto de la construcción jurisprudencial esbozada, necesita fervientemente un abordaje del legislador para su consolidación y efectividad.
La clave colectiva en el ejercicio de garantías constitucionales se torna cada vez más necesaria en las democracias social y políticamente conmovidas de la región latinoamericana como la nuestra, como un reaseguro de catalización institucionalizada de los conflictos relativos a intereses de incidencia colectiva.
Esta tarea señala, tal vez más que ninguna otra materia, el carácter político y los cometidos sociales a los que está llamado el Poder Judicial a cumplir como fuente de una relegitimación ciudadana.
Puede coincidirse en lo nutritivo que ha sido para el proceso de consolidación de la jurisdicción colectiva los antecedentes heredados y trasplantados de la tradición del derecho angloamericano. No obstante, en la hora, resulta necesario construir una teoría política de los derechos de incidencia colectiva que refleje los problemas y necesidades sociales de nuestro país.
Para plasmar un sistema procesal robusto, consecuente y realista con la idiosincrasia nacional, resulta una fuente insoslayable los productos jurídicos del sistema interamericano de derechos humanos.
Finalmente, cabe esperarse de la concreción de un marco legislativo adecuado, que posibilite gestionar y resolver debidamente la conflictividad social relativa a bienes colectivos e intereses pluriindividuales de clase, abriendo más espacios para una nueva pedagogía y doctrina jurídica de cariz social, democrático, participativo e inclusivo».