Cosa juzgada y eficacia natural de la sentencia colectiva dictada por la CSJN en «CEPIS»: El cuadro tarifario aprobado por las resoluciones anuladas no debería aplicarse a nadie

Poco más de un mes antes de cumplirse 2 años del dictado de la sentencia de la CSJN en «CEPIS» y luego de un largo proceso de edición, fue publicado en la Revista Digital de la Asociación Argentina de Derecho Procesal (junio, 2018) un breve trabajo titulado «Cosa juzgada y eficacia natural de la sentencia colectiva dictada por la CSJN en ‘CEPIS’: El cuadro tarifario aprobado por las resoluciones anuladas no debería aplicarse a nadie».

Se discute allí el insólito resultado a que arribó la Corte en esa decisión, mediante la cual los actos administrativos impugnados fueron declarados nulos sólo para algunos usuarios del servicio público de gas natural a pesar que el vicio en el procedimiento que llevó a su dictado (falta de audiencia pública previa) era indivisible y, por tanto, afectaba a todos por igual.

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Autor: Francisco Verbic

Abogado y Profesor de Derecho

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