La semana pasada fue publicado en la Revista de Derecho Procesal de Rubinzal Culzoni N° 2015-1 el artículo “Competencia territorial en acciones colectivas de consumo de alcance nacional. Una línea jurisprudencial que se consolida” (ver acá), donde retomo y actualizo el breve análisis sobre el tema realizado en otro trabajo publicado en el año 2012 (ver acá).
Mientras se encontraba en prensa, la Sala I de la Cámara Federal de Apelaciones de La Plata también se plegó a la doctrina que la CSJN estableció en “Banco de la Provincia de Neuquén” (ver post acá).
En el mismo número de la Revista hay otro trabajo sobre competencia en procesos colectivos escrito por José M. Salgado, titulado “Competencia en conflictos colectivos. La interjurisdiccionalidad como criterio de asignación”.