Sancionaron en Chaco una ley de jurado civil y procesos colectivos (*CHA)

El 16 de diciembre de 2020 la Legislatura de la Provincia de Chaco sancionó la Ley N° 3325-B «Juicios civiles y comerciales por jurado del pueblo de la Provincia de Chaco», mediante la cual se regula la institución del juicio por jurados por primera vez fuera del mundo del common law y se incorporan al ordenamiento jurídico local reglas para tramitar procesos colectivos.

El proyecto había sido presentado el 18 de septiembre de 2020 (ver entrada acá).

Según se informa en la página web de la Asociación de Juicio por Jurados:

«La ley 3325-B de jurado civil chaqueña posee una jerarquía indiscutible, de primer nivel mundial, ya que regula en simultáneo aspectos absolutamente innovadores para el derecho procesal civil argentino:

1) El juicio civil será oral y público de manera obligatoria.2) Establece un jurado civil clásico de doce personas y con veredicto unánime para juzgar un número reducido de materias, como ser acciones de clase, afectaciones colectivas al derecho del consumidor y daños y perjuicios superiores a los 150 salarios mínimos.

3) Regula por primera vez a nivel local un litigio colectivo.

4) Establece por ley la litigación adversarial civil en un juicio oral y público obligatorio.

5) El jurado tendrá igualdad de género. Integrarán el jurado seis mujeres y seis varones.

6)Jurado indígena: si el actor y el demandado pertenecen a los Pueblos Wichí, Moqoit o Qom, los doce jurados serán de esa etnia.

7) Prevé una audiencia de descubrimiento (discovery y admisibilidad de la prueba) y de gestión del caso».

Texto completo disponible acá.

Autor: Francisco Verbic

Abogado y Profesor de Derecho

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