Manual de Introducción a los Procesos Colectivos y las Acciones de Clase

A fines del año 2017 fue publicado el «Manual de Introducción a los Procesos Colectivos y las Acciones de Clase» como parte integrante de la obra dirigida por Marco Fandiño y Leonel González «Diálogo Multidisciplinario sobre la Nueva Justicia Civil de Latinoamérica», Centro de Estudios de Justicia de las Américas (CEJA), Santiago de Chile, 2017.

PRESENTACIÓN

El presente Manual de Introducción a los Procesos Colectivos y las Acciones de Clase es el producto final de un trabajo de consultoría realizado en el marco del proyecto Promoting and Supporting Civil Justice Reform and Access to Justice in Latin America, ejecutado por el Centro de Estudios de Justicia de las Américas (CEJA) con el apoyo técnico y financiero de Global Affairs Canada (GAC).

El principal objetivo de la obra es de orden didáctico. Desde esta perspectiva, pretende presentar a jueces, abogados y hacedores de políticas públicas de la región los lineamientos generales, principios e instituciones que gobiernan el campo de la tutela colectiva de derechos en clave representativa. Esto es, aquellos procesos judiciales llevados adelante en beneficio de grupos de personas por ciertos atípicos representantes de derechos ajenos (individuos, organizaciones del tercer sector y organismos públicos), cuya actuación judicial impactará con cualidad de cosa juzgada –con diversos alcances– incluso sobre quienes no han sido parte formal en el debate.

Se trata de un campo del derecho en plena evolución y desarrollo en prácticamente todos los países de la región, así como a nivel global. Este fenómeno obedece a una inocultable e impostergable realidad de la cual debemos hacernos cargo con urgencia si pretendemos dotar de efectividad al derecho humano y esencial de acceso a la justicia, especialmente de ciertos grupos tradicionalmente vulnerables. Me refiero a las características masivas y repetitivas de los conflictos que cada vez con mayor frecuencia deben enfrentar y resolver los operadores jurídicos, sumado a la evidente insuficiencia de estructuras orgánicas e institucionales y métodos de debate (códigos, leyes procesales) pensados y diagramados con la finalidad de atender conflictos individuales.

Para lograr el objetivo planteado, como premisa metodológica y expositiva, se tomaron principalmente las reglas establecidas en el Código Modelo de Procesos Colectivos para Iberoamérica, elaborado por el Instituto Iberoamericano de Derecho Procesal, y el sistema de acciones de clase establecido en la Regla Federal de Procedimiento Civil 23 de los Estados Unidos de América. Asimismo, el Manual contiene referencias normativas y jurisprudenciales de distintos países latinoamericanos que, en mayor o menor medida, han desarrollado en época relativamente reciente sistemas procesales específicos para atender conflictos colectivos por medio de este tipo de instrumentos de debate (Argentina, Brasil, Colombia, Chile y México, entre otros).

El desafío de redactar un Manual que condense en pocas páginas, de manera resumida y sistemática, una temática compleja y en gran medida ajena a nuestra tradición jurídica, fue en extremo demandante. El lector debe tener presente que muchas de las discusiones en torno a distintos institutos del campo de los procesos colectivos y las acciones de clase han sido simplificadas para permitir su presentación en clave de principio. Las notas incorporadas a pie de página pretenden servir como invitación para profundizar al respecto.

En ese orden de ideas, también cabe advertir que el Manual no pretende agotar la temática ni describir en detalle el contenido de los sistemas nacionales de la región en el campo de la tutela colectiva de derechos. Las referencias normativas y jurisprudenciales nacionales han sido utilizadas en este contexto a modo de ejemplo, sea como medio para ilustrar los distintos diseños que admiten ciertas instituciones o bien para presentar las principales cuestiones que entendemos deben ser atendidas a efectos de lograr que este tipo de sistemas se desarrolle adecuadamente y en respeto de la garantía de debido proceso legal que asiste a todos los habitantes de los Estados miembros del Sistema Interamericano de Protección de Derechos Humanos.

Para terminar con esta breve presentación, quiero agradecer a Jaime Arellano, Director Ejecutivo del CEJA, por la confianza depositada en mi trabajo y la oportunidad de realizar este aporte para profundizar las prácticas y mejorar el sistema de protección colectiva de derechos en la región. Igualmente a Leonel González, Coordinador de Capacitación del CEJA, por su acompañamiento, observaciones y críticas a los informes parciales que permitieron mejorar en gran medida el resultado final del trabajo, tanto en orden a los contenidos desarrollados como en lo que hace a su sistematicidad y metodología de exposición. Finalmente, agradezco también a mis colegas y amigos Caren Kalafatich y Matías A. Sucunza por su colaboración en el relevamiento de material de derecho comparado y las críticas y sugerencias aportadas sobre los borradores del trabajo.

Francisco Verbic
La Plata, enero de 2017

Los otros cuatro trabajos que contiene la obra, entre los cuales se cuentan dos con directa incidencia en el campo de los procesos colectivos (los de Gargarella y Saba), son los siguientes:

HECHOS Y ARGUMENTOS EN MATERIA DE LEGITIMACIÓN
Roberto Gargarella

POTENCIALIDAD DE LOS SISTEMAS TRANSFORMATIVOS DE RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS EN LOS PROCESOS CIVILES REFORMADOS DE AMÉRICA LATINA
Rosa María Olave

INFLUENCIA DEL DERECHO CONSTITUCIONAL Y DEL DERECHO INTERNACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS EN EL DERECHO PROCESAL CIVIL
Roberto P. Saba

LA JUSTICIA DE PAZ EN AMÉRICA LATINA: BASE DE UNA JUSTICIA DEMOCRÁTICA Y REPUBLICANA
Silvina Ramírez

El Manual está disponible acá.

La obra completa acá.

Autor: Francisco Verbic

Abogado y Profesor de Derecho

2 pensamientos

  1. Hola Francisco!

    Te hago una consulta.. es con respecto a la compatibilidad (o no) entre una demanda individual y una acción de clase de mismo objeto

    Puntualmente tengo las siguientes dudas:

    Escenario 1: Una vez iniciada una demanda individual, si luego de un tiempo se publica en boletín oficial el inicio de una acción de clase de mismo objeto para dar posibilidad de autoexcluirse a los miembros, el solo hecho de haber iniciado la demanda individual con antelación, da por cumplido implicitamente el opt-out de la acción de clase (o sea no participa de la sentencia colectiva)…o qué sucede en ese caso, si no se hace el opt-out, invalida la demanda individual?

    Escenario 2: Se publica en boletín oficial la acción de clase para dar plazo a los miembros al derecho de opt-out. El miembro decide ignorarlo y realiza una demanda individual (de mismo objeto)… que consecuencias podría acarrear?

    Muchas Gracias!

    Me gusta

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