En fecha 25 de octubre de 2017 el Juzgado Civil y Comercial Nº 2 de San Nicolás de los Arroyos se pronunció en autos “Usuarios y Consumidores Unidos c/ Tarjeta Naranja S.A. s/ Acción Colectiva” (Expte. N° 83.572), homologando el acuerdo transaccional colectivo celebrado entre las partes y presentado en el expediente en el mes de febrero de 2017.
El caso colectivo, promovido en el año 2013, tuvo por objeto de discusión la legitimidad del «cargo de otorgamiento» que la empresa cobraba a sus clientes al momento de concederles un préstamo personal. El acuerdo beneficia a los tomadores de 1.619.960 préstamos, a quienes se reconoce el derecho a un total de $ 8,02 más intereses desde la presentación del acuerdo en el expediente.
Acá el detalle de tus derechos si sos cliente o ex cliente de Tarjeta Naranja S.A. y tomaste un préstamo personal con la empresa en el marco del cual te hayan cobrado este cargo:
“La Asociación Civil Usuarios y Consumidores Unidos (en adelante UCU) y Tarjeta Naranja S.A. (en adelante T.N.) han decidido poner fin a una demanda judicial colectiva iniciada por la asociación de consumidores en relación a los montos percibidos por TN por el cargo de otorgamiento de préstamos en el marco de las actuaciones “Usuarios y Consumidores Unidos c/ Tarjeta Naranja S.A. s/ Acción Colectiva” (Expte. N° 83.572), de trámite ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 2 del Departamento Judicial de San Nicolás. En razón de ello han arribado a un acuerdo transaccional en el cual se estableció la devolución de la suma de ocho pesos con dos centavos ($8,02), por cada préstamo otorgado a cada uno de los titulares de Tarjeta Naranja que hubieran abonado el cargo por otorgamiento de préstamos entre el período comprendido entre el 18/03/2010 y 30/09/2013, con más los intereses pactados en la cláusula segunda del acuerdo. A los titulares que continúan siendo CLIENTES de TN, se les acreditará en forma automática en su resumen de cuenta y los EX CLIENTES cuentan con un plazo de 90 días contados desde esta publicación para solicitar la devolución, debiendo presentarse en la sucursal de TN más cercana a su domicilio o en cualquiera de su elección. A tal efecto deberán presentar su DNI original y dos copias.
De conformidad con lo establecido por el art. 54, primer párrafo, de la Ley 24.240, se acuerda a los miembros del grupo el derecho de excluirse de la solución general brindada al caso en el presente acuerdo. Los miembros del grupo representado por UCU cuentan para ello con 90 días corridos a contar desde la última publicación de edictos. Para ejercer su derecho a excluirse deberán enviar en el plazo indicado un correo electrónico a la info@ucu.org.ar con copia a acuerdo-UCU@tarjetanaranja.com.ar con el título “Exclusión del acuerdo colectivo UCU / TN” y adjuntar una copia de su documento nacional de identidad en formato pdf. Transcurrido el plazo de 90 para hacer la solicitud de bonificación, los consumidores beneficiados que no se presenten o que presentados no retiren la bonificación dentro de los 90 días de su puesta a disposición, perderán el derecho a percibir la bonificación.
En el caso del grupo de CLIENTES que mantienen relación contractual con TN y opten por quedar excluidos, atento a que el pago se realiza con acreditación automática, la suma que se le hubiere acreditado en su resumen de cuenta, se tomará como un pago a cuenta del futuro reclamo individual que el titular pudiera realizar”.
Sentencia acá.
Texto completo del acuerdo acá.