Para resolver de este modo, la Cámara analizó el objeto estatutario de la CAME y subrayó entre sus finalidades la de «b) Propender a la defensa del interés del sector comercial y de servicio» en el ámbito de comercio y servicios, y la de «b) Propender a la defensa del sector empresario de todas las ramas de la industria» en el ámbito industrial.
«Sobre estas bases», concluyó la sentencia «es dable afirmar que el análisis del estatuto de la apelante, permite vislumbrar que cuenta con suficiente legitimación para representar, en el presente expediente, al universo de empresas que se encuentren a ella adheridas, sostener lo contrario implicaría un exceso ritual incompatible con el debido proceso adjetivo [Fallos, 238:550]».
Texto completo disponible acá.