Medida Autosatisfactiva Colectiva a Favor de los Clientes de Elektra Domiciliados en San Nicolás (*BA)

En fecha 13 de Diciembre de 2013 el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 3 del Departamento Judicial San Nicolás hizo lugar a una medida autosatisfactiva de índole colectiva promovida por la Asociación Civil Usuarios y Consumidores Unidos en beneficio de todos los clientes de Elektra domiciliados en la ciudad de San Nicolás, quienes se encontraban impedidos de pagar sus obligaciones frente a la empresa debido al cierre de los establecimientos comerciales de la misma en dicha ciudad.

La sentencia fue dictada en los autos «Usuarios y Consumidores Unidos c/ Elektra de Argentina S.A. s/ Materia a categorizar» (expte N° 37.034), luego que la Cámara de Apelaciones departamental ordenara tramitar el asunto en clave colectiva tal como había sido solicitado por la parte actora (ver post anterior acá).

La decisión ordena que, en el plazo de diez días corridos, la demandada «1) Designe personal suficiente y/o entidad autorizada para el cobro de las cuotas semanales que deben pagar sus clientes domiciliados en la ciudad de San Nicolás; y 2) Arbitre los medios necesarios para extender igual y/o similar recibo de pago al que venía emitiendo con anterioridad al cierre del local comercial que tenía en esta ciudad sito en calle Mitre Nº 349». Igualmente establece que «Hasta tanto se cumpla con lo ordenado, se prorrogan y se suspenden los vencimientos de cuotas pacatas por la demandada con cada uno de sus clientes ocurridos con posterioridad al 26/07/2013″.

El texto completo de la decisión está disponible acá: 2013 12 13 Sentencia de primera instancia

Autor: Francisco Verbic

Abogado y Profesor de Derecho

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