La SCBA crea el primer Registro Público de Procesos de Incidencia Colectiva del país (*BA)

En fecha 21 de Agosto de 2013 la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires (SCBA) dictó la Acordada N° 3660/13 por medio de la cual dispuso la creación del Registro Público de Procesos de Incidencia Colectiva, en el cual quedará subsumido a partir de ahora el Registro Público de Amparos de Incidencia Colectiva previsto en la Ley N° 13.928.

Una vez puesto en funcionamiento, deberán anotarse en el Registro «todos los procesos en que se debatan derechos colectivos o de incidencia colectiva en general, a excepción de los procesos de hábeas corpus» (art. 2) y será deber de los jueces intervinientes comunicar la información necesaria para ello (art.  3). También se tomará nota de los procesos colectivos que tramiten en extraña jurisdicción y sean voluntariamente informados por los jueces pertinentes (art. 6).

El Registro será público y accesible desde el sitio web de la SCBA, y la información allí contenida podrá ser libremente consultada en forma gratuita (art. 9).  El Registro también proporcionará informes a pedido de ciertos sujetos determinados en la propia normativa (arts. 10 y 11).

Se trata del primer registro público del género en la República Argentina, un avance de suma importancia ante la creciente multiplicación de procesos colectivos en las más diversas áreas del derecho.

El texto de la Acordada puede descargarse acá

Autor: Francisco Verbic

Abogado y Profesor de Derecho

10 pensamientos

  1. Interesantísimo. Sobre todo por su carácter público. Tengo entendido que el Código Procesal de la provincia Tierra del Fuego también tenía prevista la creación de un registro de procesos colectivos. ¿Saben si se instrumentó finalmente y si está operando?
    Saludos
    Guillermo C. Ríos.

    Me gusta

    1. Sí Guillermo, se contempla la creación de un registro de este tipo en el art. 658 del CPCCLRyM de la Provincia. No tengo noticias de si está reglamentado. A propósito de tu comentario me puse a buscar pero no pude encontrar nada por Internet. Si tenés acceso a esa información, te agradecería me la mandes. Saludos y gracias por tu comentario

      Me gusta

Deja un comentario