En fecha 26 de junio la Corte Suprema de Justicia de la Nación se expidió en «Defensor del Pueblo de la Provincia del Chaco c/ Poder Ejecutivo Nacional y otros s/ amparo colectivo» (Expte. N° FRE 4118/2016/CS1), haciendo lugar al recurso extraordinario federal del Estado Nacional y rechazando en consecuencia la demanda promovida por el Defensor del Pueblo local para impugnar la Resolución N° 6/2016 del Ministerio de Energía y Minería de la Nación sobre aumento de luz eléctrica y la Resolución N° 46/2016 de la Dirección Nacional de Vialidad que dispuso el aumento de los peajes.
La decisión fue dictada en la misma línea que viene sosteniendo el tribunal respecto de la falta de legitimación colectiva de los Defensores del Pueblo locales para impugnar normas dictadas por el Estado Nacional:
«Que los agravios del Estado Nacional, relativos a la falta de legitimación del señor Defensor del Pueblo de la Provincia del Chaco para cuestionar judicialmente resoluciones adoptadas en materia tarifaria por autoridades de carácter nacional, resultan procedentes a la luz de lo decidido por esta Corte en Fallos: 329:4542 y 340:745 y en las causas «Defensor del Pueblo y otro» (Fallos: 341:1727), a cuyas consideraciones y conclusiones corresponde remitir en razón de brevedad».
No hubo imposición de costas.
Sentencia completa acá.
El mismo día el tribunal tomó similar decisión respecto de planteos de los Defensores del Pueblo de Corrientes y Formosa.
Acá una breve crítica a esta doctrina.