En fecha 3 de mayo de 2017 el Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de Buenos Aires dictó sentencia en autos “GCBA s/ queja por recurso de inconstitucionalidad denegado en: Soliz Flores, Celinda y otros c/ GCBA s/ amparo (art. 14 CCABA)” (Expte. Nº 12195/15) y su acumulado “GCBA s/ queja por recurso de inconstitucionalidad denegado en: Soliz Flores, Celinda y otros c/ GCBA s/ amparo (art. 14 CCABA)” (Expte. Nº 10769/14), rechazando el recurso extraordinario federal interpuesto por el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires frente al rechazo del recurso de inconstitucionalidad local articulado oportunamente contra la sentencia de la CCAyT que anuló los Decretos N° 279/09 y N° 82/12.
Mediante el primero de tales actos administrativos se había dispuesto el desalojo del grupo de vecinos que habitan el inmueble ubicado en Gascón N° 123 desde hace más de 30 años, mientras que el segundo de tales Decretos había vetado extemporáneamente la Ley N° 4.123 por la cual se destinó el inmueble a la construcción de viviendas sociales (ver acá y más información acá).
El voto de Conde y Casás, al cual adhirieron el resto de los jueces del TSJ, sostuvo entre otras cosas que el REF no contenía «el planteo de una cuestión federal que habilite la intervención de la CSJN. Pues la decisión de Cámara que el GCBA pretendió poner a consideración de este Tribunal —en cuanto fue materia de agravios— declaró la nulidad del veto ejecutivo materializado mediante el decreto n° 82/12, con base en la valoración que efectuó de las constancias administrativas agregadas a la causa, de las que concluyó que la ley n° 4123 (objeto del veto) había tenido recepción en el Poder Ejecutivo el 2 de enero de 2012, y no el 3 de enero de 2012, como lo había sostenido el GCBA. Se trata de una cuestión relacionada con la valoración de los hechos y su prueba, ajena a la competencia habilitada por el art. 14 de la ley n° 48».
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