Entrega temática del documento de trabajo “Propuesta de bases para la discusión de un proyecto de ley que regule los procesos colectivos”, elaborado por Leandro J. Giannini, Alejandro Pérez Hazaña, Caren Kalafatich, Dante Rusconi, José M. Salgado, Matías A. Sucunza, Matías R. Tau, Carlota Ucín y Francisco Verbic (introducción al documento y acceso al texto completo acá).
Si te interesa el tema podés sumarte a participar en el foro de debate abierto en el marco del Programa Justicia 2020, donde fue presentado este documento de trabajo. El enlace directo al foro es este. Hay que registrarse antes.
«5) Intervención de terceros
Sugerimos revisar y regular con especial atención la intervención de terceros en el proceso colectivo. A fin de abordar este tema debería aclararse y tenerse en consideración la diferente situación de quienes forman parte del grupo representado por el legitimado colectivo (quienes técnicamente son parte en el proceso) y otros sujetos que, no siendo parte del grupo, puedan tener interés en el modo de resolverse la controversia. Consideramos que unos y otros deberían tener posibilidad de intervenir en el debate, sin perjuicio de las diferencias que puedan establecerse en torno al alcance, oportunidad e implicancias de tal intervención.
Entre otras cuestiones a considerar, entendemos que algunos estándares para discutir en este punto guardan relación con: (i) el carácter representativo del modelo de tutela colectiva a establecer (con control de representatividad adecuada del legitimado, según ya señalamos); (ii) la necesidad de mantener racionalidad en la gestión del debate, la cual puede ponerse en riesgo si se permite indiscriminadamente el ingreso de cualquier tercero o miembro del grupo; y (iii) el nivel de interés del proceso, teniendo en cuenta las particularidades de cada caso, en contar con esa intervención y con los elementos que a través de ella puedan ser aportados al proceso para, por ejemplo, fortalecer el debate y controlar al representante colectivo.»