La Provincia de Buenos Aires sanciona una ley sobre amicus curiae para causas de trascendencia colectiva o interés general (*BA)

En fecha 1 de Julio de 2015 la Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires aprobó sobre tablas y convirtió en ley un proyecto que regula la figura del amicus curiae (amigo del tribunal) en dicha jurisdicción. La iniciativa fue promovida en el mes de Junio de 2014 por la Senadora Mónica Fernanda Macha y, de ser promulgada, se convertirá en la primera regulación de este tenor y detalle a nivel legislativo en nuestro país.

La ley prevé en su art. 1 que «Toda persona física o jurídica que no sea parte de un pleito y reúna las condiciones establecidas en la presente ley, podrá presentarse en calidad de Amigo del Tribunal en todos los procesos judiciales que tramiten ante la justicia ordinaria de la Provincia de Buenos Aires en los que se debatan cuestiones de trascendencia colectiva o interés general. El Estado Provincial y los municipios de la Provincia de Buenos Aires, a través de sus organismos y órganos de control especializados, podrán intervenir en calidad de Amigos del Tribunal con el alcance establecido en la presente ley».

Asimismo, entre otras cosas, crea el «Registro Público de Amigos del Tribunal en el ámbito de la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires» (art. 12) y establece los requisitos de inscripción en el mismo (art. 13), establece los alcances del objeto de la presentación y el carácter que asume el amigo del tribunal dentro del proceso (art. 2), regula los requisitos, límites y condiciones que debe respetar dicha presentación (art. 3) y determina los órganos antes los cuales puede realizarse la misma, con un criterio amplio que comprende los Juzgados de Paz y de Primera Instancia, las Cámaras de Apelación, el Tribunal de Casación Penal (art. 5) y la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires (arts. 6 a 8).

Según se expresa en los fundamentos de la iniciativa, el texto prácticamente replica la Acordada CSJN N° 7/2013 (que regula la actuación de la figura ante dicho tribunal, ver acá).

Texto sancionado disponible acá.

Un trabajo de hace algunos años que contenía una propuesta de regulación de la figura y su justificación en línea similar con esta nueva ley, acá.

Autor: Francisco Verbic

Abogado y Profesor de Derecho

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