Ciclo «Diálogos SCBA»: “¿Cómo poner fin a un litigio estructural? Actualidad de los casos ‘Mendoza’ y ‘Verbitsky’”.

Compartimos el video de la presentación de Leandro J. Giannini y Francisco Verbic en el marco del ciclo «Diálogos SCBA», desarrollado por la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires. Con la guía de las preguntas del presidente del tribunal, Dr. Daniel Fernando Soria, y de las personas que asistieron a la conversación, el 2 de diciembre de 2024 fueron abordados diversos aspectos de los procesos estructurales bajo el título “¿Cómo poner fin a un litigio estructural? Actualidad de los casos ‘Mendoza’ y ‘Verbitsky’”

El video ofrece una conversación sobre los desafíos que enfrentan los tribunales al momento de procesar, ejecutar y dar por terminados a los procesos estructurales. Tomamos como referencia los emblemáticos casos «Mendoza» y «Verbitsky» para exponer las complejidades jurídicas, prácticas y políticas que presentan estos procesos, además de cuestionar el reciente cierre de la causa «Mendoza».

El punto de partida del análisis es el caso «Mendoza», originado en torno a la contaminación de la cuenca Matanza-Riachuelo, un proceso emblemático en materia ambiental y de litigio estructural. La reciente sentencia de la Corte Suprema de Justicia en este caso resulta sorpresiva, contradictoria y carente de fundamentos sólidos.

Si bien la Corte reconoce allí que los objetivos del Plan Integral de Saneamiento Ambiental (PISA) no se han cumplido en su totalidad, decide igualmente declarar la finalización del proceso judicial y la supervisión del tribunal sobre su ejecución. Esta conclusión del caso carece del rigor argumentativo necesario para justificar el cierre, porque no se corresponde con la realidad material de la cuenca ni con las mandas del proceso aun incumplidas. La sentencia deja entrever una cierta desconexión entre la formalidad del cierre judicial y el impacto concreto del litigio en las comunidades afectadas (sobre esto pueden verse los recursos de reposición in extremis presentados por la parte actora y por el cuerpo colegiado, ambos en estudio del tribunal).

El caso «Verbitsky«, por otro lado, ofrece una perspectiva complementaria, aunque con un mensaje más claro y directo. En el marco de «Verbitsky II», en el 2021 la Corte Suprema determinó que un litigio estructural no puede declararse concluido mientras persistan las condiciones que le dieron origen. Las violaciones sistemáticas a los derechos humanos de las personas privadas de libertad obligan a un seguimiento constante y a una intervención sostenida hasta que las soluciones adoptadas puedan considerarse suficientemente efectivas. A diferencia de «Mendoza«, en «Verbitsky» se observan principios más firmes respecto a la responsabilidad de los tribunales en garantizar la sustancia de los derechos vulnerados.

En este contexto, el video analiza también los estándares básicos que deberían guiar la conclusión de un litigio estructural. Entre ellos, se destaca la necesidad de contar con una evaluación objetiva de los resultados alcanzados, basada en indicadores de cumplimiento establecidos en base a criterios verificables, y en informes técnicos independientes. Además, destacamos la necesidad de mantener un diálogo institucional entre los tribunales, el Estado y otros actores relevantes para asegurar la implementación coordinada y cooperativa de las soluciones definidas en la sentencia de fondo (sobre esto puede verse el interesante curso que siguió la causa «Verbistky» luego de la decisión de la CSJN del 2021). La participación de las personas afectadas también se presenta como un elemento indispensable, ya que permite legitimar el proceso y ajustar las respuestas a las necesidades reales de quienes viven las consecuencias del conflicto.

Una idea central del análisis es que los cambios producidos por los litigios estructurales no pueden aspirar a ser irreversibles en un sentido absoluto. Más bien, lo que se busca es que estos cambios sean sistémicos y duraderos, capaces de transformar estructuras subyacentes que perpetúan la vulneración de derechos. En este sentido, un proceso judicial no puede darse por terminado sin antes asegurar que las soluciones implementadas generaron avances concretos y que se han adoptado mecanismos que permitan sostener esos resultados en el tiempo.

Se subraya también en la presentación el impacto de los litigios estructurales, que trasciende lo meramente procesal. Estos procesos representan una herramienta fundamental para la transformación social y el control judicial de políticas públicas. Sin embargo, su éxito depende de que los tribunales asuman un rol activo, tanto en el trámite del proceso de conocimiento como en el diseño de los remedios y en su seguimiento. La reciente sentencia en «Mendoza», con sus falencias y contradicciones, sirve como recordatorio de los riesgos que implica un cierre apresurado o carente de fundamentos sólidos. En contraste, el caso «Verbitsky» ilustra la importancia de mantener un compromiso sostenido con las condiciones que originaron el litigio, evitando que las soluciones se diluyan en el tiempo.

En conclusión, el cierre de un litigio estructural es un desafío que exige equilibrio y responsabilidad. No se trata simplemente de archivar un expediente, sino de garantizar que los remedios adoptados sean efectivos, sistémicos y duraderos. La experiencia de «Mendoza» deja, sin duda, más preguntas que respuestas, pero también una lección clara: finalizar un litigio estructural no puede implicar dar por concluido un problema que aún persiste.

Accedé al video desde la página web oficial de la SCBA.

Avatar de Desconocido

Autor: Francisco Verbic

Abogado y Profesor de Derecho

Deja un comentario