En fecha 3 de Julio de 2014 la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo de La Plata se pronunció en los autos “Rodríguez, Sandra Edith c/ Poder Ejecutivo s/ Habeas Data” (Expte. Nº 27.068) y confirmó la decisión del magistrado de primera instancia que había hecho lugar a la acción de habeas data colectivo promovida por diversos actores sociales y políticos con el objeto de acceder a información relacionada con el número de víctimas fatales del temporal y las inundaciones ocurridas a comienzos del mes de Abril de 2013 en la ciudad de La Plata y alrededores
La sentencia, por mayoría, confirmó la existencia de al menos 89 casos fatales derivados de la señalada catástrofe y contiene en sus desarrollos -entre otras cosas- distintas precisiones de relevancia en torno a: (i) la legitimación colectiva para promover este tipo de acciones (considerando III, apartado 2 del voto de Milanta; considerando VI. del voto de Spacarotel); y (ii) la viabilidad del habeas data para canalizar pretensiones colectivas (considerando III, apartados 2.3. y 2.4. del voto de Milanta).
El texto completo de la decisión de Cámara está disponible acá, y el de primera instancia acá.