En diciembre de 2025 el Semanario Jurídico de Córdoba publicó un interesante trabajo de Francisco Junyent Bas y Darío Di Noto, titulado «Una cuestión clave en los procesos colectivos. A propósito del alcance de la «clase» afectada y la jurisdicción del tribunal».
Allí, ofrecen argumentos para cuestionar la posición del Poder Judicial de Córdoba y del Ministerio Publico Fiscal local, quienes, según señalan, «pretenden limitar el alcance de este tipo de acciones con una causa fáctica común a los afectados dentro de la provincia y como consecuencia limitan también el poder jurisdiccional del juez».
La conclusión de los autores es que «El ordenamiento jurídico argentino, a la luz de la Carta Magna, el CCCN y la Ley 24.240, presupone que la clase representada debe estar integrada
necesariamente por todos los usuarios afectados, sin importar la jurisdicción en la que
se domicilien, arts. 52, 54 y 55 de la normativa citada».
